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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA MIRTHA ELIZABETH BENITEZ ACHUCA C/ ART. N° 8 INCISO N° 6622/2020"QUE ESTABLECE MEDIDAS DE RACIONALIZACION DE PUBLICO, (REGLAMENTACION DEL ART. 8°) DEL DECRETO N° 4899 DE FECHA 24 DE FEBRERO DE 2021 POR EL CUAL REGLAMENTA LA LEY 6622/2020 POR LOS ARTS. 3, 9, 46, 92, 137 Y 145" N° 1755 AÑO 2023. . 120/32 A.I. N°:.... 2019 ...•• 2023 15 18 12 17 Asunción, 12 de Diciembre de 2023.- VISTO: El pedido de suspensión de efectos formulado por la Señora MIRTHA ¿ELIZABETH BENITEZ MACHUCA, por derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, del Art. N° 8 inciso a) de la Ley N° 6622/2020 " Que establece Medidas de Racionalización del Gasto Público y su respectiva reglamentación Art. 25 inciso "a" (Reglamentación del Art. 8°) del Decreto N° 4899 de fecha 24 de febrero de 2021 " Por el cual reglamenta la ley N° 6622/2020", y CONSIDERANDO: Que, la mencionada recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos del acto normativo atacado de inconstitucional en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil. - Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que: "la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podria ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación". Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado. A su turno el ministro Gustavo Santander Dans, dijo: En el presente caso en cuanto a la medida de suspensión de efectos de las disposiciones impugnadas, considero que el cumplimiento por parte de la accionante no podría causarle un perjuicio irreparable, por lo que no estando reunido los requisitos previstos en el Art 553 del C.P.C., no corresponde hacer lugar a la medida solicitada. Es mi voto. - POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR a la suspensión de efectos de los Art. Art. N° 8 inciso a) de la Ley N° 6622/2020 "Que establece Medidas de Racionalización del Gasto Público y su respectiva reglamentación Art. 25 inciso "a" (Reglamentación del Art. 8°) del Decreto N° 4899 de fecha 24 de febrero de 2021 "Por el cual reglamenta la ley 6622 2020; en relación a la parte accionante, Señora MIRTHA ELIZABETH BENITEZ MACHUCA, hasta tanto sea resuelta la presente acción de inconstitucionalidad planteada. ANOTAR y notificar Gustavo/E. Santander Dans Ministro Cesar i. Diesel Ju Ministro
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