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ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR LUCIANO CABRERA ROLON C/ LEY N° 6746 DE FECHA 27 DE MAY O DE 2021 QUE MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021, APROBADO P OR LEY N° 6672 DE FECHA 7 DE ENERO DE 2021 DE LAS ENTIDADES: CONGRESO NACIONAL, CAMARA DE SENADORESY MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTRAR SOCIAL RESOLUCION N°1110 DEL 28 DE MAYO DE 2021 POR LA CUA L ASIGNA AL PERSONAL PERMANENTE DE LA CAMARA DE SENADORES DE LAS CATEGORÍAS PREVISTAS EN LA LEY 6746 /2021 "QUE MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION APROBADO POR LA LEY N°6672 DE FECHA 7 DE ENE RO DE 2021, DE LAS ENTIDADES: CONGRESO NACIONAL, CAMARA DE SENADORESY MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTRAR SOCIAL RESOLUCION N°1110 DEL 28 DE MAYO DE 2021 POR LA CUAL ASIGNA AL PERSONAL PERMANENTE DE LA CAMARA DE SENADORES DE LAS CATEGORÍAS PREVISTAS EN LA LEY 6746/2021 - EXPTE N° 2875 AÑO 2021. A.I. No: ...1923... Asunción, <page_number>6</page_number> de diciembre de 2023. **VISTA:** la acción de inconstitucionalidad presentada por el señor Luciano Cabrera Rolon, por dere cho propio y bajo patrocinio de Abogado, contra la Ley N°6746/21, "Que modifica el Presupuesto Gener al de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2021, aprobado por la Ley N° 6672 de fecha 7 de enero de 20 21 de las Entidades: Congreso nacional, Cámara de Senadores y Ministerio de Salud Pública y Bienesta r Social"; la Resolución N° 1110/21 "Por la cual se asina al personal permanente de la Honorable Cám ara de Senadores de las Categorías Previstas en la ley N°6746/2011 "Que modifica el Presupuesto Gene ral de la nación aprobado por la Ley 6672 de fecha 7 de enero de 2021, de las entidades; Congreso Na cional , Cámara de Senadores, Ministerio de Salud y Bienestar Social"; y la Resolución 3170/21 "Por la cual se asigna el Personal permanente del Congreso Nacional y sus actividades, las categoría prev istas en la Ley N°6746/21", y; **CONSIDERANDO:** Que, la parte actora alega que el acto normativo impugnado infringe las disposiciones contenidas en los artículos 46,47,48,102 y 137 de la Constitución Nacional. El artículo 550 del C.P.C. dispone: "Procedencia de la acción y juez competente. Toda persona lesion ada en sus legítimos derechos por leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas municipales, resoluciones u otros actos administrativos que infrinjan en su aplicación, los principios o normas de la Constit ución, tendrá facultad de promover ante la Corte Suprema de Justicia, la acción de inconstitucionali dad en el modo establecido por las disposiciones de este capítulo". El artículo 12 de la Ley 609/95 establece: "No se dará trámite a la acción de inconstitucionalidad e n cuestiones no justiciables, ni a la demanda que no precise la norma constitucional afectada, ni ju stifique la lesión concreta que le ocasiona la ley, acto normativo, sentencia definitiva o interlocu toria". La Acordada N° 979 de fecha 04 de agosto de 2015 establece en su artículo 2 "Disponer que tanto el t ramite como el rechazo in límite de las acciones de inconstitucionalidad serán suscriptos por los Mi nistros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, emitiendo su opinión en cada caso en particular". Analizado el escrito de presentación se constata que la parte accionante ha indicado concretamente e l agravio, como también ha citado las normas que considera vulneradas, exponiendo con claridad y pre cisión su planteamiento, razones por las que corresponde dar trámite a la acción de inconstitucional idad y correr vista a la Fiscalía General del Estado, de conformidad con el artículo 554 del C.P.C. **POR TANTO,** la
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL R E S U E L V E: TENER por presentado al recurrente en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el luga r indicado. ORDENAR la agregación de las instrumentales presentadas. DAR TRÁMITE a la acción presentada por el señor Luciano Cabrera Rolon, por derecho propio y bajo pat rocinio de Abogado, contra la Ley N°6746/21, "Que modifica el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2021, aprobado por la Ley N° 6672 de fecha 7 de enero de 2021 de las Entidades: Congreso nacional, Cámara de Senadores y Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social", la Resoluc ión N° 1110/21 "Por la cual se asigna al personal permanente de la Honorable Cámara de Senadores de las Categorías Previstas en la ley N°6746/2011 "Que modifica el Presupuesto General de la Nación apr obado por la Ley 6672 de fecha 7 de enero de 2021, de las entidades; Congreso Nacional, Cámara de Se nadores, Ministerio de Salud y Bienestar Social"; y la Resolución 3170/21 "Por la cual se asigna el Personal permanente del Congreso Nacional y sus actividades, las categorías previstas en la Ley N°67 46/21". CORRER vista a la Fiscalía General del Estado. FIJAR días de notificación en Secretaría los martes y jueves de cada semana, de conformidad a lo dis puesto en el Art. 131 del C.P.C. ANOTAR y registrar. Ante mi: Abog. Julio C. Pavon Martínez Secretario Gustavo E. Santander Dans Ministro Cesar M. Diesel Junghans Ministro CSJ. Dr. Víctor Rios Ojeda Ministro
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