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**CORTE SUPREMA DE JUSTICIA** ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR DOMINGO VALDEZ QUINTANA C/ ARTS. 16 INC. F), 17 Y 143 D E LA LEY N° 1626/2000 DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Y ART. 251 DE LA LEY DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE 1 909". N° 2595 - AÑO 2021. A.I. N°: **1997** Asunción, **6 de diciembre** de **2023** **VISTA:** La acción de inconstitucionalidad presentada por el abogado **NELSON ANTONIO LOPEZ RUIZ** , en nombre y representación del señor **DOMINGO VALDEZ QUINTANA**, en contra del Art. 251 de la "Le y de Organización Administrativa" de fecha 22 de junio de 1909; los Arts. 16 inc. f) y 143 de la Ley N° 1626/2000 "De la Función Pública" (modificados por la Ley N° 3989/2010) y el Art. 17 de la Ley N ° 1626/2000 de la Función Pública; y **CONSIDERANDO:** Que, el accionante refiere que los actos normativos impugnados son inconstitucionales porque violan los artículos 46, 47, 86, 101 y 109 de la Constitución Nacional. El artículo 550 del C.P.C. dispone: "Procedencia de la acción y juez competente. Toda persona lesion ada en sus legítimos derechos por leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas municipales, resoluciones u otros actos administrativos que infrinjan en su aplicación, los principios o normas de la Constit ución, tendrá facultad de promover ante la Corte Suprema de Justicia, la acción de inconstitucionali dad en el modo establecido por las disposiciones de este capítulo". El artículo 12 de la Ley 609/95 establece: "No se dará trámite a la acción de inconstitucionalidad e n cuestiones no justiciables, ni a la demanda que no precise la norma constitucional afectada; ni ju stifique la lesión concreta que le ocasiona la ley, acto normativo, sentencia definitiva o interlocu toria". La Acordada N° 979 de fecha 04 de agosto de 2015 establece en su artículo 2 "Disponer que tanto el t ramite como el rechazo en límite de las acciones de inconstitucionalidad serán suscriptos por los Mi nistros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, emitiendo su opinión en cada caso en particular". Analizado el escrito de presentación se constata que la parte accionante ha indicado concretamente e l agravio, como también ha citado las normas que considera vulneradas, exponiendo con claridad y pre cisión su planteamiento, razones por las que corresponde dar trámite a la acción de inconstitucional idad y correr vista a la Fiscalía General del Estado, de conformidad con el artículo 554 del C.P.C. **POR TANTO,** la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL **RESUELVE:** RECONOCER la personería al recurrente en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el l ugar indicado. ORDENAR la agregación de las instrumentales presentadas. DAR TRAMITE a la acción presentada por el abogado **NELSON ANTONIO LOPEZ RUIZ**, en nombre y represe ntación del señor **DOMINGO VALDEZ QUINTANA**, en contra del Art. 251 de la "Ley de Organización Adm inistrativa" de fecha 22 de junio de 1909; los Arts. 16 inc. f) y 143 de la Ley N° 1626/2000 "De la Función Pública" (modificados por la Ley N° 3989/2010) y el Art. 17 de la Ley N° 1626/2000 "De la Fu nción Pública". CORREN vista a la Fiscalía General del Estado. FIJAR días de notificación en Secretaría los martes y jueves de cada semana, de conformidad a lo dis puesto en el Art. 131 del C.P.C. ANOTAR y registrar. Ante mí: Gustavo E. Santander Dans Ministro Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Dr. Víctor Rios Ojeda Ministro **Ante el Honorable Tribunal de Justicia** * PODER JUDICIAL* <img>Court seal with a star and the text "PODER JUDICIAL" around it, surrounded by a blue border.* Signed: Gustavo E. Santander Dans Ministro Signed: Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Signed: Dr. Víctor Rios Ojeda Ministro
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