Contenido completo: 101690.pdf
**ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR RAPIDO YGUAZU DE TRANSPORTE Y TURISMO (R.Y.S.A.) INCI DENTE INDEMNIZATORIO OPTATIVO EN LOS AUTOS "DORA SUAREZ DE ROMERO C/ EMPRESA DE TRANSPORTE RAPIDO YG UAZU S.A. (RYSA) S/ NULIDAD DE DESPIDO". AÑO 2022. N° 2313.** **A.I. N° 1933...** Asunción, **23 de noviembre de 2023**. **VISTO:** El escrito de desistimiento presentado en fecha 5 de junio de 2023, por el Abogado SANTIA GO DAVID BOLLA CESPEDES, en representación de RAPIDO YGUAZU DE TRANSPORTE Y TURISMO (RYSA), y; **CONSIDERANDO:** QUE, el recurrente manifiesta que su mandante ha llegado a un acuerdo total con la actora sobre los rubros laborales reclamados en el juicio principal, motivo por el cual solicita el desistimiento de la presente acción de inconstitucionalidad y su archivo. Así también peticiona que las costas sean i mpuestas en el orden causado. QUE, el artículo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia. QUE, el artículo 166 del Código Procesal Civil reza: "En cualquier estado de la causa el actor puede desistir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mismo pro ceso e implica la renuncia del derecho respectivo. El Juez se limitará a examinar si el desistimient o es procedente por la naturaleza del derecho en litigio, y a dar por terminado el proceso en caso a firmativo (...)". **POR TANTO**, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL **RESUELVE:** HACER LUGAR al desistimiento solicitado por el Abogado SANTIAGO DAVID BOLLA CESPEDES, en representac ión de RAPIDO YGUAZU DE TRANSPORTE Y TURISMO (RYSA), en la acción de inconstitucionalidad, presentad a en fecha 21 de septiembre de 2022. **ANOTAR**, registrar y notificar... Ante mi: Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Gustavo E. Santander Dans Ministro Abog. Julio C. Payon Martinez Secretario
← Volver a los resultados