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DEL CORTE SUPREMA DE USTICIA 18 JUICIO: "RECUSACIÓN SIN EXPRESIÓN DE CAUSA PLANTEADA POR LOS ABOGADOS MILED GIRALA V. Y JUAN BELLENZIER OREGGIONI EN CONTRA DEL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE YUTY EN LOS AUTOS CARATULADOS "GERTRUDIS VARGAS Y/O GERTRUDIS VARGAS DE OLMEDO S/ 103 SUCESIÓN". A.I. Nº..929 Asunción, 20 de noviembre del 2.023.- Y VISTOS: los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por los Abogados Juan Bellenzier y Miled Girala contra el A.I. N° 160, con fecha 8 de Agosto del 2.023, dictado por el Tribunal de "Apelación en lo Civil, Comercial, Laboral y Penal, Circunscripción Judicial Caazapá, admitidos por Providencia de fecha 16 de Agosto del 2.023, dictada por el mismo Tribunal, las demás constancias de autos, y; CONSIDERANDO: Los citados Profesionales del Foro interpusieron los mencionados Recursos contra la referida resolución que resolvió: "...1. RECHAZAR, la Recusación sin expresión de causa formulada Por los Abgs. MILED GIRALA Y JUAN BELLENZIER OREGGIONI, representación del Sr. CHRISTIAN VALENTÍN VARGAS AYALA, en contra del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Yuty, Abg. MIGUEL ÁNGEL RIQUELME, por los argumentos expuestos en PODER presente resolución. 2. CONFIRMAR, al Juez de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de Yuty, Abg. MIGUEL ÁNGEL IQUELME, para seguir entendiendo en la presente causa. 3. CORTE SECRE APA3R. "/ • ·A1 efecto, conviene estarse al Artículo 403 del Código esal Civil que establece: "El Recurso de Apelación ante la corte Suprema de Justicia se concederá contra la Sentencia Definitiva del Tribunal de Apelación que revoque o modifique la de Primera Instancia(...) Contra las sentencias recaídas en los procesos ejecutivos, posesorios Y, en general en aquellos que admiten un juicio posteriox , no se da este recurso. Procederá también contra Las resoluciones originagias del Tribunal Apelación que causen gravamen reparable o decidan incidente" rar Antunis залас
...///... Conviene a su vez apuntar lo enunciado en el Artículo 33 del Código Procesal Civil que reza: " ...Vencido el plazo de prueba Y agregadas las producidas, se dará vista a recusante y recusado por tres días, en el orden indicado, y se resolverá el incidente dentro de cinco días. La resolución que recayere será irrecurrible..." Ahora bien, pasando al estudio de la concesión de los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos contra el A.I. Nº 160, con fecha 8 de Agosto del 2.023, dictado por el Tribunal de Apelación en 10 Civil, Comercial, Laboral y Penal, Circunscripción Judicial Caazapá, se observa que, por la Resolución recurrida se estudió una recusación planteada por los Abogados Miled Girala y Juan Bellenzier contra el Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Yuty, de la Circunscripción Judicial Caazapá. Al respecto, cabe referir que lo establecido en el Artículo 33 del Código de Forma, determina sin duda alguna que 'la Resolución que recayere en el incidente de recusación resulta irrecurrible, por lo que debe entenderse que, de ninguna manera este habilitada para los justiciables la facultad de interponer Recursos de Apelación y Nulidad de índole procesal. En estas circunstancias, estando la resolución en cuestión regida por el referido Artículo 33 del Código Procesal Civil y siendo ésta una norma especial y de excepción que determina claramente que las resoluciones que deciden respecto de recusaciones contra los Jueces de Primera Instancia son irrecurribles, no cabe mas que declarar mal concedidos los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por los Abogados Juan Bellenzier y Miled Girala contra el A.I. Nº 160, con fecha 8 de Agosto del 2.023, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial, Laboral y Penal, Circunscripción Judicial Caazapá, concedidos por Providencia de fecha 16 de Agosto del 2.023. . POR TANTO, fundada en las motivaciones precedentes, la Excelentísima; ...//...
CORTE SUPREMA DE USTICIA JUICIO: "RECUSACIÓN SIN EXPRESIÓN DE CAUSA PLANTEADA POR LOS ABOGADOS MILED GIRALA V. Y JUAN BELLENZIER OREGGIONI EN CONTRA DEL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE YUTY EN LOS AUTOS CARATULADOS "GERTRUDIS VARGAS Y /O SUCESIÓN" GERTRUDIS VARGAS DE OLMEDO S/ ・・・///... Q12193 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RE ELVE: DECLARAR mal concedidos los Recursos de Apelación y Nulidad L interpuestos por los Abogados Juan Bellenzier y Miled Girala contra N° 160, con fecha 8 de Agosto del 2.023, dictado por el Tribunal de Apelación en 10 Civil, Comerdial, Laboral y Penal, Circunscripción Judicial Caazapá.- REMITIR, astos autos /al Ppribunal de origen. закол Crour Aninix Lavag Alberto Markinez Simon Nigistro Fugenio Jiménez R Ministro Pierina Gruna Wood Acciar a Secretaria Judicial II - C.S.]. POD но: SECRETARIA 00r NURE MA CE ASTICIA ai
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