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**CORTE SUPREMA DE JUSTICIA** JUICIO: "VÍCTOR HUGO MELGAREJO PALACIOS C/ PEDRO MILCIADES INSFRÁN OJEDA Y OTROS S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO". A. I. N° 915........... Asunción, 20 de noviembre del 2.023.- Y VISTOS: El pedido formulado por el Abogado Ricardo Fernández Olmedo de fs. 39/41, el informe de la Actuaria de f. 42, y: CONSIDERANDO: Que, el citado Profesional del Foro solicitó a esta Máxima Instancia se declaren Desiertos los Recur sos de Apelación y Nulidad interpuestos por la adversa, al no haber expresado agravios. De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial se advierte que Víctor Hugo Me lgarejo, fue notificado del Auto Interlocutorio N° 556, con fecha 26 de Julio del 2.023, que en su a partado segundo resolvió llamar "AUTOS", conforme a la Cédula de Notificación de fecha 31 de Agosto de 2.023, obrante a f. 38. En el expediente no existe constancia que el recurrente se haya presentad o a fundar sus Recursos, estando a la fecha vencido el plazo para hacerlo. Corresponde, pues, declarar desiertos los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por Víctor Hu go Melgarejo, por Derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, e imponer las costas al apelante, con forme lo dispone el Artículo 203, inciso e) del Código Procesal Civil. Por tanto, la Excelentísima: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR DESIERTOS los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por Víctor Hugo Melgarejo, por D erecho propio
y bajo patrocinio de Abogado, contra el Auto Interlocutorio N° 281, con fecha 16 de Mayo del 2.023, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Sexta Sala.- IMPONER costas al apelant e. REMITIR este Juicio al Tribunal de origen para lo que hubiere lugar en Derecho. ANOTAR, registrar y notificar. Eugenio Jiménez R. Ministro Alberto Martínez Simon Ministro César Antonio Garza Ante mí: Pierina Ozuna Wood Abogada Secretaría Judicial II - C.I.S.) PODER JUDICIAL SECRETARIA
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