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**CORTE SUPREMA DE JUSTICIA** ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR GALA DE ROSARIO ORTIGOZA RODI C/ ART. 251 DE LA LEY DE ORGANIZACION ADMINISTRATIVA Y DE LOS ARTS. 16, INC. F) Y 143 (MODIFICADOS POR EL ART. 1° DE LA LEU N ° 3989/2010), Y DEL ART. 17 DE LA LEY N° 1626/2000. N° 151- AÑO 2019. A.I. N°...1012... Asunción, 22 de noviembre de 2023 . . **VISTO:** Estos autos, y, **CONSIDERANDO:** QUE, se ha dictado el A.I. N° 594 del 09 de marzo de 2023, que obra a f. 26 de autos, por el cual se declara la caducidad de instancia y se impone las costas a la parte perdidosa. Asimismo, por A.I. N ° 1344 de fecha 01 de julio de 2019 (f. 16 de autos), se dispuso la medida cautelar de suspensión de efectos, y se constata que por un error involuntario se omitió consignar en la parte resolutiva el levantamiento de dicha medida, debiendo agregar en el resuelve del A.I. N° 594 de fecha 09 de marzo de 2023, lo siguiente: "LEVANTAR la medida cautelar dispuesta por A.I. N° 1344 de fecha 01 de julio de 2019". QUE, el Art. 387 del C.P.C. dispone: "... Las partes podrán sin embargo, pedir aclaratoria de la res olución al mismo Juez o tribunal que la hubiere dictado, con el objeto de que: a) corrija cualquier error material; b) aclare alguna expresión oscura, sin alterar lo sustancial de la decisión; c) supl a cualquier omisión en que hubiere ocurrido sobre algunas de las pretensiones deducidas y discutidas en el litigio...". QUE, conforme a lo dispuesto en el art. 387 del C.P.C., es posible corregir los errores materiales s iempre y cuando no altere lo sustancial de la decisión. **POR TANTO**, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL R E S U E L V E : ACLARAR el A.I. N° 594 del 09 de marzo de 2023, en el sentido de dejar establecido el resuelve del m ismo como sigue: **DECLARAR** operada la caducidad de la instancia en estos autos de conformidad a l os fundamentos expuestos en la presente resolución. **LEVANTAR** la medida cautelar dispuesta por A. I. N° 1344 de fecha 01 de julio de 2019. **IMPONER** las costas a la parte actora. **NOTIFICAR** por Cédula. **ANOTAR y registrar**, en los términos indicados en el exordio de la presente resolución. **ANOTAR, y notificar,**... Ante mi: Gustavo E. Santander Dans Ministro Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Abog. Julio C. Pavón Martínez Secretario Dr. Victor Rios Ojeda Ministro
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