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ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR MARÍA ANGELICA SZOSTAK KRUPKA EN LOS AUTOS CARATULADOS: JUAN FRANCISCO FURMAN SILVA Y OTROS C/ MARÍA ANGELICA SZOSTAK Y OTROS S/ NULIDAD DE ACTO JURÍDICO Y OTROS. N° 2000. AÑO 2020. A.I. No...1900 Asunción, 9 de noviembre de 2023. VISTO: El escrito presentado el 30 de junio de 2022, por el abogado Antonio Javier Ramírez represent ación de María Angelica Szostak Krupka, conforme al poder obrante en autos, y; CONSIDERANDO: La parte recurrente plantea el desistimiento de la instancia en la presente acción de inconstitucion alidad instaurada en los autos citados más arriba. En tal sentido, el artículo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia. Al respecto, el art. 167 del C.P.C. expresa: "Desistimiento de la instancia. El desistimiento de la instancia puede formularse en cualquier grado del proceso. El desistimiento de la primera instancia pone las cosas en el estado que tenían antes de la demanda y no impide renovar el proceso en otra op ortunidad. El desistimiento de la segunda o tercera instancia significa la renuncia al recurso inter puesto y deja firme la sentencia impugnada. No puede desistirse de la primera instancia después de n otificada la demanda, sin la conformidad de la parte contraria expresada por escrito".- De las consideraciones que anteceden y encuadrándose dentro de lo establecido en las normas transcri ptas ut supra, el desistimiento formulado por la recurrente deviene procedente. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR al desistimiento solicitado por el el abogado Antonio Javier Ramírez representación de M aría Angelica Szostak Krupka, en los autos mencionados ut supra, de conformidad a los términos expue stos en el considerando de la presente resolución. ANOTAR, registrar y notificar. Gustavo E. Santander Dans Ministro Ante mí: Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Dr. Víctor Río Ojeda Ministro 10 - 11 - 2023 Recibido Notario López <signature>Pierina Ozuna Moar</signature> Actuaria Secretaría Judicial II - CSJ. SECRETARÍA JUDICIAL I
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