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ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR CELSO LEITE MARTINEZ EN LOS AUTOS CARATULADOS. "FRANCIS CO ROMERO AREVALOS C/ LA SUCESION DE MARIA NIDIA MARTINEZ VDA DE LEITE S/ OBLIGACION DE HACER ESCRIT URA PUBLICA".- N° 99977 AÑO 2020.- A.I. No....1339......... Asunción, 07 de Noviembre de 2023- VISTO: El escrito presentado por el señor CELSO LEITE MARTINEZ, por sus propios derechos y bajo patr ocinio del Abogado LIDIO ZAYAS YEGROS, que obra a foja 41 de autos, y CONSIDERANDO: Que, en el mencionado escrito, el citado recurrente manifiesta que desiste de la presente acción pla nteada dejándolo sin efecto, ordenando el finiquito y archivamiento del mismo. Que, el articulo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia. Que, el Art. 166 del C.P.C. expresa: "En cualquier estado de la causa el actor puede desistir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mismo proceso e implica l a renuncia del derecho respectivo. El Juez se limitará a examinar si el desistimiento es procedente por la naturaleza del derecho en litigio, y a dar por terminado el proceso en caso afirmativo". Que, por las consideraciones que anteceden y encuadrándose dentro de lo establecido en la norma tran scripta ut supra, el desistimiento formulado por la recurrente deviene procedente. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR al desistimiento de la acción solicitado por el Abogado LIDIO ZAYAS YEGROS, en nombre y representación del señor CELSO LEITE MARTINEZ, en los autos mencionados ut supra, de conformidad al exordio de esta resolución. ANOTAR, registrar y notificar. Ante mi: Gustavo E. Santander Dans Ministro Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Dr. Víctor Rios Ojeda Ministro Pizarro Aguayo Segovia Secretaria Judicial II - CSJ Secretaria Judicial II - C.S.J.
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