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ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR FRIGORIFICO GUARANI S.A.C.I. C/ ART. 69 DE LA LEY N° 13 5/1991 "QUE MODIFICA Y ACTUALIZA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 620/76, QUE ESTABLECE EL REGIMEN TRIBUT ARIO DE LAS MUNICIPALIDADES DE 1RA , 2DA, Y 3ER, CATEGORIA", EL ART. 86 DE LA LEY N° 135/1991 QUE MO DIFICA Y ACTUALIZA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY620/76, QUE ESTABLECE EL REGIMEN TRIBUTARIO DE LAS MUN ICIPALIDADES DE 1RA, 2DA, Y 3RA CATEGORIA" N° 975 AÑO 2023. A.I. No.: 1737 Asunción, de Noviembre de 2023. VISTO: El pedido de suspensión de efectos formulado por el Abogado Osvaldo L. Avalos Brunetti en rep resentación del FRIGORIFICO GUARANI S.A.C.I., en contra del Art. 69 de la Ley N° 135/1991 "Que modif ica y actualiza disposiciones de la Ley 620/1976, que establece el régimen tributario para las munic ipalidades de 1ra., 2da. y 3er Categoría"; contra el Art. 86 de la Ley N° 135/1991 "Que modifica y a ctualiza las disposiciones de la Ley 620/1976, que establece el régimen tributario para las municipa lidades de 1ra., 2da. y 3er Categoría", contra el Art. 74 de la Ordenanza N° 041/2022 dictada por la Municipalidad de Limpio "Por la cual se aprueba el Régimen Tributario Municipal y se establecen los importes de Tasas, Contribuciones especiales y otros ingresos no tributarios, así como las normas d e aplicación general en el proceso recaudatorio de la Municipalidad de Limpio - Ejercicio Fiscal 202 3", contra el Art. 78 de la Ordenanza Municipal N° 030/2022, JM de Ciudad del Este "Por la cual qued an sancionadas las normas legales pertinentes, se reglamenta el régimen tributario municipal de Ciud ad del Este y se establecen los importes de tasas, contribuciones especiales y otros ingresos no tri butarios, así como las normas de aplicación general en el proceso de recaudación de la Municipalidad de Ciudad del Este - Ejercicio Fiscal 2023", contra el Art. 15.3 de la Ordenanza Municipal N° 150/2 023 "Por el cual se aprueba la ordenanza tributaria del municipio de Hernandarias para el ejercicio 2023" y contra los Artículos 230, 280 inc. b) y 282 incs. m), n), p), y r) de la Ordenanza Municipal N° 18/2022 de la Municipalidad de Fdo. De la Mora "Por la cual se aprueba la ordenanza general de t ributos y otros recursos municipales para el ejercicio fiscal año 2023", y CONSIDERANDO: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efec tos del acto normativo atacado de inconstitucional en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil. Que, el Articulo 553 del C.P.C. dispone que la interposición de la demanda no suspende los efectos d e la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada, salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un pe rjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin sustanciación. Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 del citado cue rpo legal, procede hacer lugar a lo solicitado. Opinión del Ministro Gustavo Santander Dans: En cuanto a la medida de suspensión de efectos solicita da por la firma accionante, considero que e el presente caso no se evidencia peligro en la demora, p or lo que no estando reunidos los requisitos previstos en el Art. 553 del C.P.C., no corresponde hac er lugar a la medida solicitada. Es mi voto, POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE:
HACER LUGAR a la suspensión de efectos de los Art. 69 de la Ley N° 135/1991 "Que modifica y actualiz a disposiciones de la Ley 620/1976, que establece el régimen tributario para las municipalidades de 1ra., 2da. y 3er Categoría"; contra el Art. 86 de la Ley N° 135/1991 "Que modifica y actualiza las d isposiciones de la Ley 620/1976, que establece el régimen tributario para las municipalidades de 1ra ., 2da. y 3er. Categoría", contra el Art. 74 de la Ordenanza N° 041/2022 dictada por la Municipalida d de Limpio "Por la cual se aprueba el Régimen Tributario Municipal y se establecen los importes de Tasas, Contribuciones especiales y otros ingresos no tributarios, así como las normas de aplicación general en el proceso recaudatorio de la Municipalidad de Limpio - Ejercicio Fiscal 2023", contra el Art. 78 de la Ordenanza Municipal N° 030/2022, JM de Ciudad del Este "Por la cual quedan sancionada s las normas legales pertinentes, se reglamenta el régimen tributario municipal de Ciudad del Este y se establecen los importes de tasas, contribuciones especiales y otros ingresos no tributarios, así como las normas de aplicación general en el proceso de recaudación de la Municipalidad de Ciudad de l Este - Ejercicio Fiscal 2023", contra el Art. 15.3 de la Ordenanza Municipal N° 150/2023 "Por el c ual se aprueba la ordenanza tributaria del municipio de Hernandarias para el ejercicio 2023" y contr a los Artículos 230, 280 inc. b) y 282 incs. m), n), p), y r) de la Ordenanza Municipal N° 18/2022 d e la Municipalidad de Fdo. De la Mora "Por la cual se aprueba la ordenanza general de tributos y otr os recursos municipales para el ejercicio fiscal año 2023; en relación con el accionante, hasta tant o sea resuelta la presente acción de inconstitucionalidad deducida. ANOTAR y notificar Ante mi: Cesar M. Diesel Junghans Ministro CSJ. Gustavo E. Santander Dans Ministro Dr. Victor Ríos Ojeda Ministro SECRETARIA JUDICIAL
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