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**CORTE SUPREMA DE JUSTICIA** ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR CELESTE BEATRIZ MARIA AUXILIADORA FRANCO GALEANO C/ ART S. 149 DE LA LEY 7050 QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS EN EL EJERCICIO FISCAL 2023, EL A RT. 323 DEL DECRETO N° 8759/2023 QUE REGLAMENTA EL ART. 149 DE LA LEY 7050, EL ART 1° DE LA LEY 4252 /2010 "QUE MODIFICA LOS ARTS. 1, 3, 9 Y 10 DE LA LEY N° 2345/2010" N° 1159 AÑO 2023. A.I. N°: **1697** Asunción, **25 de Octubre** de **2023**. VISTO: El pedido de suspensión de efectos formulado por la señora CELESTE BEATRIZ MARIA AUXILIADORA FRANCO GALEANO, por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, en contra de los Arts. 149 de la Le y 7050 QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023, el art. 323 del D ecreto N° 8759/2023 QUE REGLAMENTA EL ART. 149 de la Ley 7050 DE LA LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DE G ASTOS DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023, art. 1° de la Ley 4252/2010 "QUE MODIFICA LOS ARTS . 1, 3, 9 Y 10" DE LA LEY N° 2345/2003 "DE REFORMA Y SOSTENIBILIDAD DE LA CAJA FISCAL SISTEMA DE JUB ILACIONES Y PENSIONES DEL SECTOR PÚBLICO", y **CONSIDERANDO:** A su turno el Ministro César M. Diésel Junghanns, dijo: Que, la mencionada recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos de los actos normativos atacados de inco nstitucionales en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil. Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que "la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprem a así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un p erjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación". Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, proced e hacer lugar a lo solicitado. **ES MI VOTO**. A su turno el Ministro Víctor Ríos, dijo: Considero que el presente caso no se evidencia peligro en la demora, ni que la aplicación de la norma atacada pueda ocasionar perjuicio irreparable al acciona nte. **ES MI VOTO**. Por lo que no estando cumplidos los requisitos exigidos en el Artículo 553 del C.P.C., voto por el r echazo de la medida solicitada. **ES MI VOTO**. A su turno el Ministro Gustavo Santander Dans, dijo: En relación al presente caso, y, habiendo emiti do mi voto por el rechazo en límite de la mencionada acción de inconstitucionalidad, considero innec esario expedirme en cuanto a la medida de suspensión de efectos. **ES MI VOTO**. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL **RESUELVE:** NO HACER LUGAR a la suspensión de efectos formulado por la señora CELESTE BEATRIZ MARIA AUXILIADORA FRANCO GALEANO, por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, en contra de los Arts. 149 de la Le y 7050 QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023, el art. 323 del D ecreto N° 8759/2023 QUE REGLAMENTA EL ART. 149 de la Ley 7050 DE LA LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DE G ASTOS DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023, art. 1° de la Ley 4252/2010 "QUE MODIFICA LOS ARTS . 1, 3, 9 Y 10" DE LA LEY N° 2345/2003 "DE REFORMA Y SOSTENIBILIDAD DE LA CAJA FISCAL SISTEMA DE JUB ILACIONES Y PENSIONES DEL SECTOR PÚBLICO", de conformidad a los términos del considerando de la pres ente resolución. **ANOTAR y registrar.** Ante mi: Gustavo E. Santander Dans Ministro Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Secretaría Judicial II Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro
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