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**CORTE SUPREMA DE JUSTICIA** ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR GRAVITY TEL SOCIEDAD ANONIMA C/ DEC. N° 8790 DEL 28/12/ 06 Y DEC. N° 8830 DEL 29/12/06 DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL; DEC. N° 3214 DEL 21/10/09 DEL MINISTERIO DE HACIENDA; RES. N° 1029 DEL 23/12/08 DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCI O; RES.S.G. N° 432 DE FECHA 30/06/08 y N° 1067 DE FECHA 14/12/06 DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y B IENESTAR SOCIAL.- AÑO 2023. N° 1574. A.I. N°... **1590**... Asunción, <page_number>4</page_number> de octubre de 2023.- **VISTO:** El pedido de suspensión de efectos formulado por el abogado Vladimir Sánchez Cano en nomb re de la firma GRAVITY TEL S.A., de los siguientes actos normativos: 1) Decreto N° 890 del 28 de diciembre de 2006 "Por el cual se dispone la vigencia en la República de l Paraguay de las Res. GMC N° 26/04, 36/04, 05/05, 07/05, 25/05 y 26/05 aprobados por el Grupo Merca do Común del Mercosur, referentes a Reglamentos Técnicos de Productos para la Salud - Área Cosmético s" del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social; 2) Decreto N° 8830 del 29 de diciembre del 20 06 del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social "Por el cual se establecen normas para el regi stro sanitario de productos de higiene personal, cosméticos y perfumes y cambios durante su vigencia y se deroga el Dec. N° 8832 del 28 de noviembre de 1969"; 3) Resolución N° 1029 de fecha 23 de dici embre de 2008 del Ministerio de Industria y Comercio "Por la cual se reglamenta la importación y com ercialización de productos de higiene personal, cosméticos, perfumería y productos domisitarios de r iesgo" y se deroga la Resolución N° 646 de fecha 13 de agosto de 2008"; 4) Resolución S.G. N° 432 de l 30 de junio de 2008 del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social "Por la cual se modifican l as resoluciones S.G. n° 1067 de fecha 14 de diciembre de 2006 y 224 - fecha 2 de abril de 2007 y se dispone los lugares de ingreso y egreso de materias primas y productos químicos para la industria fa rmacéutica"; 5) Resolución N° 1067 de fecha 14 de diciembre de 2006 del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social "Por la cual se limitan temporalmente los lugares de ingreso y egreso de medicame ntos, cosméticos domisitarios, a las aduanas de la capital y del Aeropuerto "Silvio Pettirossi" y 6) Decreto N° 3214 de fecha 21 de octubre de 2009 del Ministerio de Hacienda "Por el cual se establece como requisito para la importación la licencia previa de importación a ser expedida por el Minister io de Industria y Comercio, y se establece las vigencias de las tasas reguladas por el Decreto 1738/ 2009", y **CONSIDERANDO:** Que, el mencionado recurrente solicita la suspensión de los efectos de los actos normativos atacados de inconstitucionales en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil. Que, el artículo 553 del C.P.C., dispone que la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podrá ocasionar al reclamante un per juicio irreparable. Dicha Resolución se dictará de inmediato y sin substanciación. Que, en estas condiciones, ante la admisión a trámite de la acción y los términos del pedido, se con stata que se hallan cumplidos los requisitos exigidos por el artículo 553 del C.P.C. para hacer luga r a lo solicitado. **OPINION DEL MINISTRO GUSTAVO E. SANTANDER DANS** En cuanto a la medida de suspensión de los efectos solicitada por la firma accionante, considero que en el presente caso no se evidencia peligro en la demora, por lo que no estando reunidos los requis itos previstos en el Art. 553 del C.P.C., no corresponde hacer lugar a la
medida solicitada. Es mi voto. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVÉ: HACER LUGAR a la suspensión de los efectos de los artículos 5º, 19, 25, 46 del Decreto N° 3636 del 2 6 de mayo de 2020. "Por el cual se reglamenta el Artículo 39 de la Ley N° 1119/1997 - De Productos p ara la Salud y Otros – se actualizan y establecen normas para la obtención y renovación del Registro Sanitario, de Producto de Higiene Personal, Cosméticos y Perfumes y se deroga el Decreto N° 6474 de l 13 de diciembre de 2016."; de la Circular N° 9 de fecha 23 de enero de 2007 de la Dirección Nacion al de Aduanas "Por la cual se restringen y se limitan temporalmente los lugares de ingreso -egreso d e Medicamentos, Cosméticos, Domisantitarios a las Aduanas de la Capital y del Aeropuerto Silvio Pett irossi"; con relación a la parte accionante, la firma GRAVITY TEL S.A., hasta tanto sea resuelta la presente acción de inconstitucionalidad planteada. ANOTAR y notificar, Ante mi: Gustavo E. Santander Dans Ministro César M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Dr. Víctor Rios Ojeda Ministro Abog. Julio C. Pavón Martínez Secretario SECRETARIA JUDICIAL SUPREMA DEL PODER JUDICIAL
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