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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA PROM. POR EL ABG. GUSTAVO GONZÁLEZ EN BIANCA TAMAR I CIBILS BRÍTOS C/ JUAN CATALDO CABRAL S/OBLIG. DE HACER ESCRITURA PÚBLICA" A.I. N...152 Asunción, 27 de Septiembre del 2.023. VISITES: El Recurso de Queja por Retardo de Justicia interpuesto por el Abogado Gustavo González, a fs. 28, las demás constancias, y; CONSIDERANDO: Que, el Abogado Gustavo González interpuso Recurso de Queja por Retardo de Justicia, en los términos del escrito obrante a fs. 28. Manifestó que, han transcurrido excesivamente los plazos legales resp ectivos sin que el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Cuarta Sala, haya expedido la reso lución de rigor, a pesar los reiterados urgimientos. Ante la interposición del mencionado Recurso se dictó la Providencia con fecha 2 de Agosto del 2.023 , que ordenó oficiar al Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Cuarta Sala, a fin que inform e la situación procesal del Expediente caratulado "BIANCA TAMARI CIBILS BRÍTOS C/ JUAN CATALDO CABRA L S/OBLIG. DE HACER ESCRITURA PÚBLICA". El Tribunal elevó el informe correspondiente y manifestó que dictó el Auto Interlocutorio N° 544 con fecha 10 de Agosto de 2.023, en el que resolvió lo incoado por el aquí quejoso. En las condiciones apuntadas, corresponde declarar inoficioso el estudio del Recurso de Queja por Re tardo de Justicia planteado, ya que ha desaparecido el motivo que dio lugar a la formación del Exped iente, por lo que carece de objeto la tramitación del mismo. POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVÉ: DECLARAR INOFICIOSO el estudio del Recurso de Queja por retardo de Justicia planteado por el Abogado Gustavo González contra el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Cuarta Sala. ANOTAR y registrar. Ante mí: Eugenio Jiménez R. Ministro Alberto Hernández Simón Ministro Pasar Antonio Garay Dres. Fierne Czuna Wood Actuaria Secretario Judicial II-CSJ
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