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JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA PROM. POR ADELFO ANTONIO OJEDA EN: ADELFO ANTONIO OJEDA C/ PLUSCAR S.A S/ DESPIDO INJUSTIFICADO Y COBRO DE GUARANÍES". A.I. N° 741 Asunción, 24 de Septiembre del 2.023.- VISTOS: El Recurso de Queja por retardo de Justicia interpuesto por Adelfo Antonio Ojeda, por Derech o propio y bajo estrocinio de Abogado, que obra a f. 4, las demás constancias, y; CONSIDERANDO: Que, Adelfo Antonio Ojeda interpuso Recurso de queja por retardo de justicia en los términos del esc rito obrante a f. 4. Manifestó: " (...)QUE, de conformidad a los artículos 37, 251, 252, 253, y demá s concordantes del Código Procesal Laboral, vengo a promover QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA, contra e l Tribunal de Apelación Primera Sala, de la Capital (...) ; (...)por retardo en dictar resolución so bre la apelación presentada por el representante legal de la Firma Pluscar S.A (...) ; (...)QUE, mi parte ha urgido y vuelto a urgir dicho requerimiento sin que el Tribunal se haya pronunciado al resp ecto hasta la fecha (...)". Ante la interposición del mencionado Recurso, se dictó la Providencia con fecha 3 de Agosto del 2.02 3, que ordenó se libre Oficio al Tribunal de Apelación en lo Laboral, Primera Sala, a fin que inform e la situación procesal en que se encuentra el Expediente caratulado: "ADELFO ANTONIO OJEDA C/ PLUSC AR S.A S/ DESPIDO INJUSTIFICADO Y COBRO DE GUARANÍES". El Tribunal elevó el informe correspondiente y manifestó que dictó el Acuerdo y Sentencia Número 69 con fecha 10 de Agosto del 2.023, en el que resolvió lo incoado por el aquí quejoso. En las condiciones apuntadas, corresponde declarar inoficioso el estudio del Recurso de Queja por re tardo de Justicia planteado, ya que ha desaparecido el motivo que dio lugar a la formación del Exped iente, por lo que carece de objeto la tramitación del mismo. POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: ...//...
...//... DECLARAR INOFICIOSO el estudio del Recurso de queja por retardo de Justicia interpuesto por Adelfo A ntonio Ojeda, por Derecho propio y bajo patrocinio de Abogado contra el Tribunal de Apelación en lo Laboral, Primera Sala. ANTAR y registrar Ante mí: Eugenio Jiménez R., Ministro Cesar Antolín Garza Fierina Czima Wood Secretaria Judicial II - CSJ Poder Judicial SECRETARIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
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