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JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA, PROM. POR EL ABG. ARIEL PRIETO BOGGINO, EN: VÍCTO R MARCELO BITTAR SABE C/ POLIPROPILENO S.R.L. Y OTROS S/ ACCIÓN PREPARATORIA DE JUICIO EJECUTIVO". A.I. N 739 Asunción, 27 de septiembre del 2.023.- Y Franco López: El Recurso de Queja por retardo de Justicia i nterpuesto por el Abogado Ariel Prieto Boggino, que obra a f. 3, y demás corstancias, y; CONSIDERANDO: Que, el Abogado Ariel Prieto Boggino interpuso Recurso de queja por retardo de justicia en los térmi nos del escrito que obra a f. 3. Manifestó que: "...A pesar de haberse urgido oportuna y conveniente mente, lo acredito con las copias que se acompañan, sin embargo, el órgano jurisdiccional moroso se rehúsa a dictar resolución...". Ante la interposición del mencionado Recurso, se dictó la Providencia con fecha 1 de Agosto del 2.02 3, que ordenó se libre Oficio al Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Sexta Sala, a fin qu e informe la situación procesal en que se encuentra el Expediente caratulado: "VÍCTOR MARCELO BITTAR SABE C/ POLIPROPILENO S.R.L. Y OTROS S/ ACCIÓN PREPARATORIA DE JUICIO EJECUTIVO". El Tribunal elevó el informe correspondiente y manifestó que dictó el A.I. N 544, con fecha 16 de Ag osto del 2.023, en el que resolvió lo incoado por el aquí quejoso. En las condiciones apuntadas, corresponde declarar inoficioso el estudio del Recurso de Queja por re tardo de Justicia planteado, ya que ha desaparecido el motivo que dio lugar a la formación del exped iente, por lo que carece de objeto la tramitación del mismo. POR TANTO, la Excelentísima: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVÉ: DECLARAR INOFICIOSO el estudio del Recurso de queja por retardo de Justicia interpuesto por Abogado Ariel Prieto Boggino, contra el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Sexta Sala. ANOTAR y registrar: <signature>Antonio Jiménez R.</signature> <signature>Eugenio Jiménez R.</signature> Alberto Martínez Simon Secretario Judicial II - C.S.T. Fierro Ezquela Wood Secretaria Judicial II - C.S.T.
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