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**CORTE SUPREMA DE JUSTICIA** ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR LUIS MARIA CAREAGA VALENZUELA EN LOS AUTOS CARATULADOS: "LUIS MARIA CAREAGA VALENZUELA Y OTRO S/ SUP. HECHO PUNIBLE DE LESION DE CONFIANZA Y OTRO EN YATYTA Y". N° 3096 - AÑO 2018. **A.I. No.:** 1534 Asunción, **26 de septiembre de 2023**. **VISTO:** Estos autos, y; **CONSIDERANDO:** Que, el presupuesto básico para producir la caducidad de instancia es la inactividad procesal; o sea la paralización del proceso durante el tiempo previsto en la ley, el cual en el procedimiento civil es de seis meses. En principio, esta circunstancia se exterioriza en la no ejecución de acto alguno por ambas partes; aunque también puede darse cuando los actos que se cumplan durante dicho periodo sean carentes de idoneidad para impulsar el proceso. Que, pasando a la verificación y estudio de las constancias de autos, surge que la última diligencia tendiente a dar impulso procesal en esta instancia ha sido la providencia de fecha **26 de noviembr e de 2019**, que obra a f. 42 de autos, se agregaron los autos principales y se corrió traslado a la otra parte por el término de ley. Posterior a ello, no se observa que la interesada haya instalado el procedimiento a través de actos idóneos y adecuados para hacerlo avanzar, siendo el impulso de és te una carga que compete exclusivamente a las partes quienes -a través de dichos actos- deben conduc ir la instancia hacia su estadio conclusivo, por lo que de esta forma, hallándose cumplido el plazo establecido en el Art. 172 del Cód. Proc. Civ., corresponde declarar operada la caducidad de instanc ia en estos autos. En relación a las costas, corresponde imponerlas a la parte accionante, de conformidad a lo dispuest o en el Art. 200 del C.P.C. **POR TANTO,** en mérito a las consideraciones que anteceden y al informe del Señor Secretario obran te en estos autos, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL R E S U E L V E: DECLARAR operada la caducidad de la instancia en estos autos de conformidad a los fundamentos expues tos en la presente resolución. IMPONER las costas a la parte actora. NOTIFICAR por Cédula ANOTAR y registrar Ante mí: Gustavo E. Santander Dáns Ministro César M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Dr. Víctor Rios Ojeda Ministro Abogado Julio C. Pavón Martínez Secretario
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