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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "GERARDO OMAR CUELAR C/ RES. NRO.55 DEL 31/01/2020 DICT. POR EL MINISTERIO DE TECNOLOGIA S DE LA INF. Y COM.", Expte.C.S.J.N°158, Folio 9 vuelto, Año 2022. A.I. N°...558........ Asunción, 15 de setiembre de 2023 VISTOS: Estos autos y C O N S I D E R A N D O Que, el informe de la Actuaria (fs.147), expresó cuanto sigue: "...en el expediente caratulado: "GER ARDO OMAR CUELAR C/ RES. NRO.55 DEL 31/01/2020 DICT. POR EL MINISTERIO DE TECNOLOGIAS DE LA INF. Y C OM.", Expte.C.S.J.N°158, Folio 9 vuelto, Año 2022, los abogados representantes de la parte demandada fueron notificados de la providencia de fecha 23 de junio de 2023 (fs.135), según la cédula de noti ficación de fecha 05 de julio de 2023 (fs.138). De las constancias obrantes en autos, se aprecia que , desde la fecha 05 de julio de 2023, al 19 de julio de 2023, hasta las nueve horas (09:00 hs.), no existe constancia de contestación alguna por la parte demandada..." Consecuentemente, desde la fecha 05 de julio de 2023, transcurrió el plazo de nueve días sin que los abogados representantes de la parte demandada, hayan presentado su escrito de contestación, estando vencido el plazo que tenían para hacerlo. Que, las previsiones del Articulo N°438 del Código Procesal Civil, establece: "...Si el recurrido no contestare el traslado dentro del plazo señalado, seguirá su curso la instancia...", en estas condi ciones, corresponde dar por decaído el derecho que han dejado de utilizar los abogados representante s de la parte demandada, en consecuencia, llamar Autos para Resolver los Recursos de Apelación y Nul idad interpuestos por el abogado Javier Pirovano, en representación de la parte actora, contra el Ac uerdo y Sentencia N°419 de fecha 30 de diciembre de 2022, dictado por el Tribunal de Cuentas, Primer a Sala.
POR TANTO, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE DAR dar por decaído el derecho que han dejado de utilizar los abogados representantes de la parte de mandada, para presentar su escrito de contestación del traslado que se les corriera por la parte ape lante. AUTOS PARA RESOLVER los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por el abogado Javier Pirovano, en representación de la parte actora, contra el Acuerdo y Sentencia N°419 de fecha 30 de diciembre de 2022, dictado por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala. ANOTAR y registrar. Ante mí: Luis María Benítez Riera Ministro Abog. Karinna Penoni Secretaria Dra. Ma. Carolina Llanes O. Ministra
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