Contenido completo: 100277.pdf

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "R.H.P. DEL ABG. ANTONI SOLJANCIC EN: COOPEXA SAN JOSÉ LTDA. C CARLOS VIRGILIO CRICHIGNO S/ ACCIÓN PREPARATORIA DE JUICIO EJECUTIVO". A.I. No. 709. Asunción, 18 de Septiembre del 2.023.- VISITA: Estos autos; y CONSIDERANDO: De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judiciales, f. 41, se advierte que Carl os Virgilio Crichigno Escobar, fue notificado de la Providencia de fecha 18 de Julio del 2.022, conf orme Cédula de notificación de 14 de Octubre del 2.022, obrante a fs. 40. En el expediente no existe constancia que la adversa se haya presentado a contestar el traslado corridole, habiendo vencido el plazo procesal que tenía para hacerlo, conforme a la legislación aplicable al caso. Corresponde, pues, dar por decaído el Derecho que ha dejado de usar Carlos Virgilio Crichigno Escoba r, para contestar el traslado corridole. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVÉ: DAR POR DECAÍDO el Derecho que ha dejado de usar Carlos Virgilio Crichigno Escobar, para contestar e l traslado corridole. AUTOS para resolver. Ante la Secretaria Dr. Manuel Dejesús Ramirez Canc MINISTRO Alberto Martínez Simon Ministro Cesar Antonio Garza Secretaria Judicial II - C.S.J. Fierma Czuna Wood Actuaria Secretaria Judicial II - C.S.J. Soltesado: 2023. Vol.
← Volver a los resultados
Operadores de búsqueda disponibles: También podés escribir NEAR/5 o responsabilidad NEAR culpa y será corregido automáticamente.