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**CORTE SUPREMA DE JUSTICIA** ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR MARCELO HAMMES DO ROSARIO EN LOS AUTOS CARATULADOS: “MA RCIA HAMMES C/ MARCELO HAMMES DO ROSARIO S/ ACCIÓN EJECUTIVA” N°315. AÑO: 2021. A.I. No...1476... Asunción, 12 de septiembre de 2023- **VISTO:** El escrito de desistimiento presentado en fecha 25 de marzo de 2022, por el señor Marcelo Hammes Do Rosario y Marcia Hammes, por derecho propio y bajo patrocinio de Abogado y: CONSIDERANDO: Que, en el mencionado escrito, los recurrentes manifiestan: “(...) por haber ambas partes arribado a un acuerdo conciliatorio, por lo que solicito a V.V.E.E. dicte resolución en dicho sentido, dando p or terminado el proceso, desistiéndome de la acción planteada en contra de la resolución individuali zada en estos autos y consecuentemente imponga las costas en el orden causado, e igualmente suscribe en señal de aceptación de la misma, la señora Marcia Hammes y su representante legal. (sic.)” El artículo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con t al que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia. El Art. 166 del Código Procesal Civil reza: “En cualquier estado de la causa el actor puede desistir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mismo proceso e im plica la renuncia del derecho respectivo. El Juez se limitará a examinar si el desistimiento es proc edente por la naturaleza del derecho en litigio, y a dar por terminado el proceso en caso afirmativo (...)". POR TANTO, la **CORTE SUPREMA DE JUSTICIA** **SALA CONSTITUCIONAL** RESUELVE: HACER LUGAR al desistimiento solicitado por el señor Marcelo Hammes Do Rosario y Marcia Hammes, en l a Acción de Inconstitucionalidad presentada en fecha 08 de febrero de 2021. ANOTAR, registrar y notificar. Ante mí: Gustavo E. Santander Díaz Ministro Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Abogado Julio C. Pevon Marín Secretario **Poder Judicial Nacional** **CORTE SUPREMA DE JUSTICIA** Dr. Víctor Rios Ojeda Ministro
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