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JUICIO: "REG. DE HON. PROF. DE LOS ABOGS. WALTER BASTOS SALMENA y HERNANN WEISENSEE SANSON EN EL EXP TE CARATULADO: "ESTACIÓN DE SERVICIOS TRANSPORTADORA LA SUSANA C/ RES. NRO. 1580 DEL 01/12/2017 DIC. POT EL MIC". NRO. 171/AÑO2022/. Asunción, **ll** de **septiembre** del 2023. A.I.Nro. **520** VISTO el Recursos de Aclaratoria interpuesto por el Abg. HERMANN WEISENSEE SAMSON, contra el A.I.Nro . 1086 del 16 de diciembre del 2022, dictado por esta Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, y **CONSIDERANDO:** Que, por el mencionado Auto interlocutorio, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia resolvió: "REGULAR los honorarios profesionales al Abg. HERNANN WEISENSEE SANSON", por los trabajos realizados en esta instancia recursiva, como patrocinante de la parte actora, en el juicio de referencia, la s uma de (GUARANIES CUATROCIENTOS CUARENTA y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA y UNO) Gs. 447.241, más (GU ARANIES CUARENTA y CUATRO MIL SETECIENTOS VENTICUATRO) Gs. 44.724, en concepto del 10% de I.V.A. REG ULAR los honorarios profesionales al Abg. WALTER BASTOS SALMENA", por los trabajos realizados en est a instancia recursiva, como procurador de la parte actora, en el juicio de referencia, la suma de (G UARANIES DOSCIENTOS NOVENTA y CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA y SIETE) Gs. 294.267, más (GUARANIES VEI NTINUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE) Gs. 29.427, en concepto del 10% de I.V.A." El Abg. HERMANN WEISENSEE SAMSON, interpuso recurso de aclaratoria manifestando que, dicha resolució n consignó erróneamente su nombre y apellido, debiendo ser modificado de HERNANN WEISENSEE SANSON a HERMANN WEISENSEE SAMSON. En respuesta a la aclaratoria, se debe tener presente el Art. 387 del C.P.C en el que se establece e l objeto de aclaratoria "Las partes podrán, sin embargo, pedir aclaratorias de la resolución al mism o juez o tribunal que la hubiere dictado, con el objeto de que: a) corrija cualquier error material. .."
En ese contexto, verificando el Auto Interlocutorio recurrido, se observa la existencia de un "error material" al consignar el nombre y apellido del Abogado como "HERMANN WEISENSEE SANSON", debiendo s er "HERMANN WEISENSEE SAMSON". Por consiguiente, al observarse un "error material" que puede ser objeto de aclaratoria, en virtud a l art. 387 inc. a) del C.P.C., corresponde HACER LUGAR al recurso de aclaratoria interpuesto por el Abg. HERMANN WEISENSEE SAMSON, contra el A.I.Nro. 1086 del 16 de diciembre del 2022, dictado por est a Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, aclarando el nombre y apellido del recurrente. Por tanto, de acuerdo a la fundamentación expuesta, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE: HACER LUGAR al Recurso de Aclaratoria interpuesto por el Abg. HERMANN WEISENSEE SAMSON, contra el A. I.Nro. 1086 del 16 de diciembre del 2022, dictado por esta Sala Penal de la Corte Suprema de Justici a y en consecuencia, ACLARAR el nombre y apellido del Abogado recurrente debiendo quedar consignado "HERMANN WEISENSEE SAMSON". ANOTAR, registrar y notificar, Gustavo E. Santander Dans Ministro Abog. Karinna Penoni Secretaria Ante mí: Dra. Ma. Carolina Llanes O. Ministra SECRETARIA JUDICIAL IV CONTENEDORO ADMINISTRATIVO DE JUSTICIA
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