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CAUSA: “QUEJA: MARIA CAROLINA AGÜERO BEDOYA S/ESTAFA” N° 4675/2021.- AUTO INTERLOCUTORIO VISTA: La queja presentada en autos, y; - CONSIDERANDO Que, se presenta el Abg. PEDRO ALBERTO CANDIA, a plantear queja por recurso denegado en contra del T ribunal de Apelación en lo Penal de la Cordillera. Argumenta haber planteado un recurso de apelación subsidiaria en contra de la providencia de fecha 06 de setiembre de 2022 dictada por la Jueza Penal de Garantías, Abg. María Teresa Rodriguez y que este recurso a su vez fue declarado inadmisible por extemporáneo por el Tribunal de Apelación en lo Penal de la Cordillera mediante A.I.N° 235 de fecha 18 de octubre de 2022.- Que, en el proceso penal actual en lo referente a los recursos no existe el mencionado recurso –quej a por apelación denegada-, pues, sólo existe la de queja por retardo de justicia, Art. 140 del CPP.- En ese mismo contexto, y respecto a la competencia de La Corte Suprema de Justicia, el Art. 39 del C ódigo Procesal Penal, establece: “**CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Además de los casos previstos en la C onstitución y en las leyes, la Corte Suprema de Justicia será competente para conocer: 1) de la sust anciación y resolución del recurso extraordinario de casación; 2) de la sustanciación y resolución d el recurso de revisión; 3) del procedimiento relativo a las contiendas de competencia, y de la recus ación de los miembros del tribunal de apelación; 4) de las quejas por retardo de justicia contra el tribunal de apelación; y, 5) las demás que le asignen las leyes”.- Ante dichas circunstancias, y respetando el ordenamiento jurídico se concluye que la Sala Penal de l a Corte Suprema de Justicia no tiene competencia para el estudio del recurso que ha sido planteado, por ello corresponde DECLARAR LA INADMISIBILIDAD de la "Queja por Recurso Denegado" planteada por el Abg. PEDRO ALBERTO CANDIA, contra el Tribunal de Apelación en lo Penal de la Cordillera.- Para conocer la validez del documento, verifique aquí:
POR TANTO, en mérito a lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA PENAL. RESUELVE: DECLARAR INADMISIBLE el recurso de queja por apelación denegada interpuesto por el Abg. PEDRO ALBERT O CANDIA, contra el Tribunal de Apelación en lo Penal de la Cordillera.- ANOTAR, registrar, notificar.-
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